Administración de consorcios: funciones, obligaciones y cómo actuar ante incumplimientos

Para promover una mejor convivencia y una gestión consorcial más organizada, el Instituto de Vivienda de la Ciudad elaboró el Manual para la Participación Consorcial, una herramienta pensada para brindar información clara sobre los derechos y responsabilidades de quienes integran un consorcio.

Uno de los aspectos centrales del manual es el rol de la administración, clave para el funcionamiento cotidiano de los edificios y para garantizar una gestión eficiente y transparente.

Dentro del consorcio, la asamblea es el espacio central de toma de decisiones. Allí, los propietarios y propietarias se reúnen para debatir y resolver los temas que hacen al funcionamiento cotidiano del edificio. Pero para que esas decisiones puedan llevarse a cabo de forma organizada, entra en juego una figura clave: la administración.

La administración tiene a su cargo la representación legal del consorcio y no reemplaza a la comunidad de propietarios y propietarias, sino que trabaja a su servicio. Su designación, ratificación o remoción debe decidirse siempre en asamblea. Puede ser ejercida por una persona física o jurídica, y su función puede ser ad honorem o remunerada, a través de una administración externa.

 

Principales responsabilidades de la administración

● La convocatoria a las asambleas.

● La redacción del orden del día.

● La ejecución de las decisiones que se acuerdan en ese ámbito.

● El cuidado de las partes comunes del edificio.

● La recaudación y liquidación de expensas.

● Asegurar el edificio y al personal que trabaje en él.

● Llevar adelante tareas contables administrativas con el respaldo de la documentación correspondiente.

La normativa vigente exige, además, que la administración cuente con una serie de libros obligatorios, entre ellos: de actas, de administración, de sueldos, de órdenes, de ascensores y el registro de firmas. En caso de renuncia o remoción, los mismos deberán ser devueltos en un plazo de 10 días.

 

Causales de incumplimiento

El correcto cumplimiento de estas obligaciones es fundamental para garantizar la transparencia y el buen funcionamiento del consorcio. Por eso, la ley contempla causales de incumplimiento, entre ellas: no poseer matrícula habilitante, no ejecutar decisiones de la asamblea, no contratar los seguros requeridos, no convocar a asamblea, contratar proveedores no habilitados o no contar con la documentación respaldatoria exigida.

Ante cualquier irregularidad, la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor es el organismo encargado de recibir denuncias, tanto en forma presencial como digital.

 

Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor Registro de Administradores de Consorcios

● Av. Martín García 464, 3er piso

● Lunes a viernes de 10 a 14 horas

● 5030-9885, interno 3020

● registroconsorcios@buenosaires.gob.ar

 

Las denuncias se pueden realizar de forma digital en el sitio web de la página de Defensa del Consumidor del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires o presencialmente en:

● Sede Comunal 2

● Uriburu 1022

● Miércoles de 8:30 a 14:30 horas

Para sacar turno y revisar los requisitos para iniciar una denuncia, se debe ingresar al sitio web anteriormente mencionado.

 

Contar con una administración responsable, conocer sus responsabilidades y participar activamente en la vida consorcial, es fundamental para una buena convivencia, prevenir conflictos y promover una gestión transparente y responsable del edificio. En este sentido, el Instituto de Vivienda de la Ciudad reafirma su compromiso de acompañar y fortalecer a las comunidades consorciales, brindando herramientas claras y accesibles que promuevan una gestión eficiente y organizada al servicio de los vecinos.