Denuncia por incumplimiento de Ley 5859/2017

Esta ley establece que el monto máximo de comisión que se le puede cobrar a los propietarios y propietarias es del 4,15% del valor total del respectivo contrato y, además, que los inquilinos e inquilinas no tienen que pagar las comisiones inmobiliarias, honorarios y gastos por la gestoría de informes. Asimismo, las inmobiliarias tienen la obligación de exhibir al público lo dispuesto en el artículo 5 de dicha Ley (información relativa al cobro de comisiones). Podrán tramitar la denuncia aquellas personas que adviertan el incumplimiento de esta normativa.

¿Cuáles son los requisitos?

El trámite de denuncia se realiza de manera online y a través de un formulario. El mismo cuenta con tres secciones:

1-La primera con los datos del denunciante (tipo de denunciante, nombre, apellido, tipo y número de documento) y con los datos de la inmobiliaria denunciada (nombre de la inmobiliaria, corredor, domicilio, coordenadas, matrícula, teléfono, correo electrónico).

2- En la segunda sección debe cargarse la prueba documental o testimonial: se debe colocar el tipo de prueba a presentar (archivo o link)..

3- En la tercera sección el denunciante indica el medio de contacto, el correo electrónico.

Pasos para realizar el trámite

Cargá la documentación

Una vez cargada la documentación en el link, verificaremos los datos y la prueba documental, en el caso de que todo este correcto, se cambiará el estado del trámite a aprobado y se remite el caso al Colegio Profesional Inmobiliario para que intervenga.

Si falta documentación o la misma es confusa, te informaremos para que la subsanes.

Los cambios de estado serán informados a través de la plataforma de Trámites Digitales o través del mail de Asesoría Legal.

Costos del trámite

Gratis

Normativa

Ley 5859/2017